El ex director del CNI, Félix Sanz Roldán.
Ampliar
El ex director del CNI, Félix Sanz Roldán.

La denuncia del CNI contra Villarejo se vuelve contra Sanz Roldán

martes 26 de enero de 2021, 01:11h

google+

linkedin

Comentar

Imprimir

Enviar

Ridículo de la Fiscalía y la Abogacía del Estado en la defensa de Félix Sanz Roldán consiguiendo lo contrario de lo que pretendían ya que el tribunal ha absuelto a Villarejo y al mismo tiempo han dado más pábulo a las acusaciones de Corinna Larsen contra el ex jefe CNI de que la amenazó en Londres.

“Villarejo gana un pulso al CNI”, titula El Confidencial. El juez absuelve al comisario Villarejo por injurias al exjefe del CNI”, pone “El País”, que solo da el nombre del ex director de los servicios secretos en el texto. “El ex comisario Villarejo, absuelto del juicio que promovió contra él el ex director del CNI Félix Sanz Roldán”, dice El Mundo en letras mayúsculas. “El juez absuelve a Villarejo de los delitos de injurias y denuncia falsa al CNI”, así presenta la noticia La Razón, prácticamente de la misma manera que “ABC, colocando al CNI en lugar de Sanz Roldán.

Salvo el titular de El Confidencial, ninguno de los periódicos ha destacado en demasía la noticia que implica nada menos que un tribunal de justicia ha dado verosimilitud a las afirmaciones de Villarejo y de Corinna, de que el ex jefe del CNI, el teniente general Félix Sanz Roldán amenazó de alguna manera a la ex amante del Rey Juan Carlos cuando la visitó en Londres, o que al menos es verdad que eso fue la impresión que se llevó ella y fue lo que le contó a Villarejo.

Viniendo además de unos medios de comunicación que han dado portadas y series enteras sobre el ex comisario, es curiosa la parquedad de adjetivos y la sensación de que todos quieren ahora restar importancia a la sentencia a pesar del ridículo que han hecho tanto el propio CNI interponiendo la denuncia contra Villarejo, sino la propia Abogacía del Estado y la Fiscalía, que han tenido que apoyar a los servicios secretos aún sabiendo que era hacer el ridículo.

Tras un juicio en las que los protagonistas fueron José Villarejo, el inspector estrella de los gobiernos de Zapater y Rajoy, que se sepa, y la última novia del ex Rey, el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha sentenciado que el comisario no injurió al exdirector del CNI cuando lo acusó en el programa 'Salvados' de amenazar de muerte a Corinna Larsen

También ha sido absuelto del delito de denuncia falsa, al considerar que querelló sin ninguna base contra Sanz Roldán por haber filtrado supuestamente una fotografía suya al diario 'El País'.

Tenía razón Sanz Roldán cuando dijo que él ni siquiera conocía a Villarejo, un personaje creado por los gobiernos del PSOE y del PP en las cloacas del Estado, al que creían manejar a su antojo, y que usaban para todo. El jefe del CNI se lo encontró y posiblemente lo utilizó como sus antecesores, pero ahora cuando ya no está jubilado, ninguno de esos jefes de gobierno o ministros de Interior o de la misma Zarzuela van a salir en defensa de Roldán, que lo va a pasar mal.

Fue clave para la absolución de Villarejo la declaración de la ex amante del Rey ratificando las palabras que ella misma le había contado a Villarejo de que el exdirector del CNI la amenazó en la habitación de un hotel de Londres. Aprovechó además su comparecencia para denunciar otras supuestas operaciones de inteligencia ordenadas por Sanz Roldán que la llevaran a temer por su integridad física y la de sus hijos.

Tal fue el ridículo que la propia fiscalía decidió retirar la acusación por injurias al considerar que las declaraciones en televisión de Villarejo estaban respaldadas por Corinna, pero la Abogacía del Estado mantuvo esa atribución, con lo que se ha llevado una buena reprimenda del propio tribunal que le ha recordado en la sentencia que solo estaba facultada para ejercer la acusación por injurias en representación de los servicios de inteligencia, no de Sanz Roldán.

Los jueces han tenido también que señalarles que el CNI carece "de titularidad del bien jurídico protegido" que invocaban, es decir, de un supuesto derecho al honor.

Descartada la injurias a Sanz Roldán, el tribunal que ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado han podido acreditar tampoco el delito de denuncia falsa, ya que "es claro que el acusado, cuando presenta la denuncia, piensa que la filtración de la fotografía proviene del CNI.

Y sigue el tribunal diciendo que “el acusado, desde el primer momento en esta causa, ha sido contundente al afirmar tal cosa, que creía, y de hecho sigue afirmando, que el CNI y particularmente su entonces director, estaban detrás de la filtración de la fotografía (...) con la finalidad de revelar su identidad hasta ese momento secreta (…)".

Para dictaminar que "Por todo ello, no puede sino afirmarse que la conducta del acusado en este punto no es subsumible en el delito de denuncia falsa objeto de acusación, debiendo ser también absuelto del mismo", concluye la sentencia.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios