El programa PADRE desaparece en la declaración de la renta y se activa el Renta Web
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El programa PADRE desaparece en la declaración de la renta y se activa el Renta Web

lunes 19 de diciembre de 2016, 18:31h

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Renta Web es un sistema híbrido entre el conocido "borrador", que los contribuyentes reciben en su domicilio, y el tradicional programa PADRE, que desaparece desde 2017, y favorece la confirmación de la declaración a través de dispositivos móviles

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2017. Entre las fechas más destacadas están, como cada año, la Campaña de la Renta, que comienza el 5 de abril y se extiende hasta el 30 de junio, las autoliquidaciones del IVA o
las declaraciones de bienes en el extranjero.

La novedad más importante para 2017 es la desaparición del programa PADRE para realizar la declaración de la renta. A partir de ahora todas las declaraciones tendrán que realizarse a través del sistema Renta Web, el servicio online que la Agencia
Tributaria presentó en 2016.

Renta Web es un sistema híbrido entre el conocido "borrador", que los contribuyentes reciben en su domicilio, y el tradicional programa PADRE, que desaparece desde 2017, y favorece la confirmación de la declaración a través de dispositivos móviles.

Otra de las novedades del calendario del contribuyente de 2017 es la implantación de un nuevo servicio de llevanza de libros contables a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Este servicio, conocido como Sistema de Información Inmediata (SII), se pondrá en marcha a partir del 1 de julio de 2017, y será obligatorio para aquellos empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes
natural: grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 euros en el año anterior), grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA).

siguientes modelos:

- Modelo 217 'Gravamen especial sobre dividendos o participaciones en benedicios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación'(SOCIMI): dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.

- Modelo 231 'Declaración de información país por país': doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.

- Modelo 289 'Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua', a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.

- Modelo 364 'IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado'.

- Modelo 365 'IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado'.

- Modelo 589 'Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación y pago fraccionado'. Desde el 1 al 20 de abril.

También se amplía el plazo de presentación del modelo 290 'Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses (FATCA)': desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo.

EN FORMATO PDF O EN iCALENDAR.

La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de todo el mundo el calendario del contribuyente en formato iCalendar, que permite incorporar las citas fiscales al calendario personal que ofrece Google Calendar (espacio personal y gratuito que ofrece Google a los usuarios que disponen de una cuenta de correo electrónico de Gmail).

El calendario del contribuyente también se puede consultar en formato PDF para descargar o en formato HTML.



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