NACIONAL

Urdangarín a un paso de la cárcel: El Supremo sólo rebaja cinco meses su condena

Martes 12 de junio de 2018
El exduque de Palma fue penado con seis años y 3 meses de cárcel por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por prevaricación, malversación, fraude, tráco de inuencia y 2 delitos fiscales relacionados con su actividad en el Instituto Nóos. El TS también reduce en 128.000 euros la responsabilidad civil de la Infanta

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado en cinco meses -hasta los 5 años y 10 meses- la condena por el caso Nóss a Iñaki Urdangarin, esposo de la infanta Cristina. El exduque de Palma había sido penado con seis años y 3 meses de cárcel por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por delitos de prevaricación, malversación, fraude, tráco de inuencia y 2 delitos fiscales relacionados con la actividad de la citada entidad sin ánimo de lucro.

Esta decisión dejaría a Urdangarín al borde de la entrada en prisión, puesto que el Tribunal Constitucional, al que previsiblemente recurrirá su defensa, viene tradicionalmente teniendo en cuenta como límite las penas de entre 5 y 6 años de cárcel para decidir si suspende o no la ejecución de las condenas mientras resuelve sobre el amparo de las mismas.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisó el caso el pasado 21 de marzo en una vista pública en la que la fiscal Ángeles Garrido defendió un incremento de las penas para Urdangarin y su socio Diego Torres por considerarles "motor de toda la secuencia" de los delitos cometidos mediante el Instituto Nóos. Para el primero solicitó que se incrementara la condena inicial de 6 años y 3 meses de prisión hasta los 10 años.

La sentencia de la Audiencia de Palma rebajó notablemente las penas que pedía la Fiscalía a los principales acusados en este procedimiento, que se originó como pieza separada del caso Palma Arena por las actividades delictivas que realizó el exduque con su exsocio Diego Torres mediante el instituto Nóos, que se suponía realizaba su labor sin ánimo de lucro. Se impuso pena a 7 de los acusados inicialmente, eran 17.

EL TS REBAJA EN 128.000 EUROS LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA INFANTA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirma la responsabilidad a título lucrativo por el caso Nóos de la Infanta Cristina, pero reduce la cuantía fijada inicialmente por la Audiencia de Palma hasta los 136.950 euros al eliminarse su responsabilidad civil en los delitos de malversación de caudales públicos y de fraude a la Administración por los que fue condenado su marido Iñaki Urdangarín. Sin embargo, los 128.000 euros rebajados deberán ser pagados por su cónyuge.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado este martes sobre la sentencia que dictó la Audiencia Provincial de Palma y estima parcialmente el recurso presentado por Ana María Tejeiro, la mujer del exsocio de Urdangarin, que argumentó que no es posible la participación a título lucrativo en delitos de defraudación tributaria. Esta decisión se hace extensible a la hermana del Rey Felipe ya que ambas están consideradas del mismo modo en este procedimiento.

La Infanta fue condenada a abonar 265.088 euros más intereses en la sentencia de la Audiencia de Palma de Mallorca por los delitos fiscales cometidos por su marido. Ahora el alto tribunal reduce esta cuantía en 128.138 euros.

TAMBIEN REBAJA CASI TRES AÑOS LA CONDENA DE TORRES Y MANTIENE TRES AÑOS Y OCHO MESES A MATAS

La Sala II del Tribunal Supremo ha rebajado a 5 años y 8 meses la condena a Diego Torres, exsocio de Iñaki Urdangarin, por los delitos de malversación, prevaricación y fraude a la Administración, mientras que le ha absuelto de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad.

De este modo, el alto tribunal ha rebajado en casi 3 años la condena que inicialmente impuso a Torres la Audiencia Provincial de Palma, que en febrero de 2017 le sentenció a 8 años y 6 meses de cárcel y multa de más de 1,7 millones de euros.

Por otra parte, la Sala II del Supremo ha ratificado la condena a 3 años y 8 meses de cárcel al expresidente balear y exministro Jaume Matas por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos.


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