EL PP ADMITE QUE ERRO
El portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Rafael Hernando, ha asumido Que el Gobierno de Mariano Rajoy se equivocó al aprobar la 'amnistía fiscal', pero ha recalcado que, aunque fue "un error en la forma", no lo fue "en el fondo". Respecto al futuro del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, cuya dimisión ya ha pedido la oposición, ha dicho que debe ser él quien "determine el alcance" que debe tener la sentencia.
Así lo ha señalado Hernando en un desayuno-coloquio organizado por 'Vanity Fair' en el que ha insistido en que aquella regularización ahora anulada por el TC se hizo "a la desesperada" porque el país estaba al borde del rescate. "Fue una medida de emergencia", ha remachado, recalcando, además que tuvo beneficios para las arcas públicas.
Preguntado sobre en qué lugar queda Montoro tras esta desautorización del Alto Tribunal, Hernando ha recordado que el ministro va a acudir al Congreso a dar explicaciones, como le han reclamado desde la oposición y que será él quien tenga que determinar "el alcance que debe tener esa decisión del Constitucional". Eso sí, ha señalado que, desde su punto de vista, debe seguir como ministro.
DECLARADA INCONSTITUCIONAL
El Pleno Tribunal Constitucional (TC) ha declarado este jueves de forma unánime la inconstitucionalidad de la amnistía fiscal aprobada por el gobierno del PP en marzo de 2012 porque utilizó para ello el Decreto-Ley, lo que la propia Constitución prohíbe para este tipo de medidas, y califica lo ocurrido de "abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos". En virtud del principio de seguridad jurídica, la decisión no afectará a las regularizaciones tributarias firmes que se realizaron al amparo de la norma anulada.
El recurso fue presentado por 50 diputados del PSOE contra la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducían diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción de déficit público.
El Tribunal declara nula la citada disposición por vulnerar el artículo 86.1 de la Constitución, que prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten "de forma relevante o sustancial" a los deberes consagrados en el Título I de la Constitución, como es el caso del "deber constitucional de 'todos' de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos" (artículo 31.1 de la Constitución).