Rouco se queda sin Minivaticano

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La operación', iniciada hace más de una década, otorgaba a la Iglesia 19.000 metros cuadrados, que se sumaban a los 6.000 conseguidos en el mandato de Álvarez del Manzano, en total, 25.000 metros cuadrados de nueva edificabilidad para el Arzobispado, más un parking de 200 plazas y viales para un entorno con edificios de uso exclusivo para la Iglesia
El Tribunal Supremo ha tumbado definitivamente el Mini Vaticano que se quertía montar el arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco Varela. El TS ha declarado "no haber lugar" para el recurso de casación" presentado por el Arzobispado y el Ayuntamiento de Madrid después después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJM) diera la razón a la asociación Amigos de Las Vistillas anulando el 'minivaticano', el conjunto de equipamientos que se quería construir en los Jardines del Seminario Conciliar, a la espalda de La Almudena.

El Ayuntamiento de Madrid aprobó en un primer momento la modificación urbanística del Parque de la Cornisa. El TSJM, por su parte, dictó la anulación del acuerdo del Consejo de Gobierno de octubre de 2007, que daba luz verde a la ampliación del parque público con la idea de que superara los 37.000 metros cuadrados de zonas verdes, al que se uniría un poliderportivo para el disfrute de los vecinos. Además, el Ayuntamiento de Madrid podría construir otros dos edificios de uso público mientras que el Arzobispado de Madrid dispondría de terrenos para la creación de oficinas y una biblioteca.

La sentencia del Supremo, fallada el 5 de noviembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, "echa en falta el instrumento de protección del patrimonio histórico-artístico indispensable".
"Más allá de la alteración de la estructura urbana o de que la alteración en su caso redunde en la mejora del conjunto se precisa la exigencia de dicho instrumento de protección", añade el TS, que destaca que la modificación puntual del planeamiento urbanístico "no resulta adecuada" para el cometido indicado. Por ello, el Alto Tribunal procede a desestimar los recursos de casación presentados por el Arzobispado y el Ayuntamiento.

El Supremo ha acordado igualmente la imposición de costas procesales a los recurrentes en una cuantía que no podrá exceder los 5.000 euros.

El TSJM defendía en su sentencia que una intervención de las características que se pretendía en Las Vistillas sólo podía tener cobertura legitimadora "en un plan urbanístico protector y el que ha sido aprobado no tiene esa naturaleza, por lo que conduce a su anulación".

Años atrás, el Gobierno regional aseguraba que todos los edificios que se construirían en esa zona se integrarían en el entorno "sin sobrepasar las alturas recomendadas y sin provocar impacto visual en el paisaje".

En la misma resolución recordaban el elevado de grado de protección de la zona, con la muralla y la cerca de Felipe IV, el recinto histórico o el templo de San Francisco el Grande, declarados Bien de Interés Cultural.

La operación del 'minivaticano', iniciada hace más de una década, otorgaba a la Iglesia 19.000 metros cuadrados, que se sumaban a los 6.000 conseguidos en el mandato de José María Álvarez del Manzano, en total, 25.000 metros cuadrados de nueva edificabilidad para el Arzobispado, más un parking de 200 plazas y viales para un entorno con edificios de uso exclusivo para la Iglesia.

Con la llegada de Alberto Ruiz-Gallardón a la Alcaldía se revisó el convenio reduciendo la edificabilidad, pasando de 20.000 a 14.000 metros cuadrados, a lo que se sumó la cesión de suelo para la construcción de tres equipamientos públicos y una zona verde de 12.000 metros en el Parque de las Dalias.
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